* Pasaporte válido u otro documento de viaje reconocido por la República Argentina
* Formulario de solicitud (provisto por el Consulado)
* 1 fotografía 4 x 4
* Pasaje de ida y vuelta
* Pago del arancel consular
* Probar medios económicos para la estadía
El plazo máximo de permanencia que pueden otorgar las Oficinas Consulares es de noventa (90) días. Dicho plazo puede prorrogarse por una única vez, por igual lapso al otorgado, presentándose en cualquiera de las Delegaciones de la Dirección Nacional de Migraciones antes de que expire el plazo originalmente concedido. Para obtener la prórroga se debe abonar el arancel.
Las personas menores de 21 años que desee entrar al país sólo o junto a otra persona que no sea su tutor legal, debe presentar una autorización escrita firmada por el padre, madre o tutor visada por el cónsul argentino del lugar de procedencia. Esta puede ir incluida en el mismo pasaporte.
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