* Pasaporte válido u otro documento de viaje reconocido por la República Argentina
* Formulario de solicitud (provisto por el Consulado)
* 1 fotografía 4 x 4
* Pasaje de ida y vuelta
* Pago del arancel consular
El plazo máximo de permanencia que pueden otorgar las Oficinas Consulares es de noventa (90) días. Dicho plazo puede prorrogarse por una única vez, por igual lapso al otorgado, presentándose en cualquiera de las Delegaciones de la Dirección Nacional de Migraciones antes de que expire el plazo originalmente concedido.
El solicitante deber acreditar su condición de hombre de negocios mediante nota de la empresa en la que se desempeña, referencias bancarias, etc. Cuando mediare invitación de una persona física o jurídica radicada en la República Argentina, se deber obtener previamente la aprobación de la invitación por parte de la Dirección Nacional de Migraciones.
Para mayor información, llame al Consulado de su jurisdicción.
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