Si un menor viaja en compañía de uno sólo de los padres:
(1) Pasaporte.
(2) Partida de nacimiento o libreta de matrimonio donde se halle inscripto el nacimiento (en original).
(3) Autorización expresa del otro padre (en original). La autorización será considerada amplia, sin cláusula alguna, solo la impuesta por los padres.
(4) Partida de defunción, si el otro padre ha fallecido; o sentencia judicial que indique que la patria potestad es ejercida por uno solo de los padres. Deberán presentarse en original y, si fuesen estadounidenses, legalizadas con la “Apostille” de la Convención de La Haya, y traducidas al español.¿Donde puedo obtener la “Apostille”?
¿Donde puedo obtener la “Apostille”?
Visite: http://travel.state.gov/family/family_issues/divorce/divorce_591.html
Más inf: Consulado General y Centro de Promoción de la República Argentina en Nueva York
Reservas y Consultas vía e-mail : Argentina.Taxis@gmail.com
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